Nueva legislación contra la trata de personas
Junio 22, 2012 Sin comentarios
Un problema de México y del mundo
La trata de personas es uno de los delitos que más daño causa a la sociedad y a la dignidad de la persona humana. Pero también, junto con el narcotráfico, es el delito que más redes de corrupción tiene en el mundo. La cadena criminal que conlleva este delito abraca otros como el robo, secuestro, extorsión, lavado de dinero y narcotráfico, además de que impone nuevas formas de esclavitud a niños, jóvenes y mujeres principalmente.
Según el propio Presidente Calderón, la trata de personas se ha convertido en una de las actividades más lucrativas del narcotráfico y las bandas del crimen organizado. Ha sido capaz de mover economías completas de países, principalmente del sureste asiático. Según organismos civiles, este delito obtiene en México ganancias anuales de 372 mil millones de pesos aproximadamente.
De acuerdo con un reciente estudio legislativo, en México hay por lo menos 47 redes criminales dedicadas a la trata de personas con fines de explotación sexual, cuyas víctimas alcanzan en números aproximados a 800 mil adultos y 20 mil niños al año.
Este mismo estudio asegura que la ruta de la trata de personas pasa por Veracruz, Chiapas, Puebla, Oaxaca, Tlaxcala, Baja California, Chihuahua, Guerrero y Quintana Roo, principalmente, y de todos los países de Centroamérica.
Son muchas las víctimas en México privadas de su libertad con fines de explotación sexual en la pornografía y la prostitución, pero muchas otras son enviadas a países extranjeros, siendo en ambos casas desaparecidas y nunca más vistas por sus familiares.
Urgencia de una ley enérgica
Ante esta realidad, la Ley de Trata de Personas fue publicada en el Diario Oficial de la Federación en días pasados. Constituye, sin duda, un avance en materia de derechos humanos. Basada en 11 principios básicos, la ley establece las acciones de prevención, investigación, persecución y sanción de los delitos, así como de protección a los ofendidos y testigos.
La ley busca garantizar a grupos vulnerables en materia de trata de personas como son niños, adolescentes, migrantes y mujeres. Al respecto, obliga a las autoridades a proteger los derechos de menores de 18 años: niños y adolescentes, que sean víctimas, ofendidos o testigos.
Obligaciones irrenunciables para el Estado
El Estado queda obligado a atender su máxima protección integral y su desarrollo armónico, así como a velar por la aplicación de medidas de seguridad a la dignidad, libertad, bienestar psicológico, físico, etc. También sobresale la obligación de resguardar su identidad y datos personales.
En este sentido, la ley prohíbe la esclavitud y la discriminación y obliga de los servidores públicos a dar respuesta inmediata, oportuna, eficiente, eficaz y responsable en la prevención, investigación, persecución, sanción y reparación del daño de los delitos previstos por esta ley.
Otra obligación para el Estado es que las autoridades de todos los niveles de gobierno, deben atenderla, y a partir del 14 de junio, los ministerios públicos y los policías deben actuar de oficio contra ese delito.
En el caso de refugiados, se les reconozca o no tal calidad, no se les podrá poner en fronteras o territorios donde exista peligro por causa de su raza, religión, nacionalidad, grupo social, opiniones políticas o cualquier otra razón por la que su seguridad e integridad esté en riesgo, independientemente de su estatus jurídico. Las víctimas no serán repatriadas a su país o enviadas a su lugar de origen en territorio nacional, cuando su vida, libertad, integridad, seguridad o las de sus familias, corra algún peligro.
Esta ley y sus reformas permitirán combatir con mayor eficacia los feminicidios, los delitos contra las mujeres y los abusos contra los menores.
Además, establece sanciones a quienes contraten anuncios en periódicos o páginas en internet que promuevan, faciliten o procuren la trata de personas, aunque se “disfracen” de actividades legales.
El mandatario señaló que también prevé la reparación del daño a las víctimas de manera integral, adecuada, eficaz y efectiva, que sea proporcional a la gravedad de lo causado y a la afectación sufrida.
Delitos y Penas
Tipifica el delito de trata de personas: “Comete el delito de trata de personas quien promueva, solicite, ofrezca, facilite, consiga, traslade, entregue o reciba, para sí o para un tercero, a una persona, por medio de la violencia física o moral, engaño o el abuso de poder para someterla a explotación sexual, trabajos o servicios forzados, esclavitud o prácticas análogas a la esclavitud, servidumbre, o a la extirpación de un órgano, tejido o sus componentes”.
Así, cuando este delito sea cometido en contra de menores de 18 años de edad, o en contra de quien no tenga capacidad para comprender el significado del hecho o capacidad para resistirlo no se requerirá acreditación de los medios comisivos.
Las penas van de seis a doce años de prisión y de quinientos a mil quinientos días multa; o de 9 a 18 años de prisión y de setecientos cincuenta a dos mil doscientos cincuenta días multa, si el delito es cometido en contra de una persona menor de dieciocho años de edad o en contra de persona que no tenga capacidad para comprender el significado del hecho o capacidad para resistirlo.
Esta ley eleva las sanciones hasta 60 años en los casos de que las personas que tienen autoridad sobre un menor, entre éstos el padre, madre o tutor que lo entreguen a otra persona con fines de explotación sexual u otras formas. Impone penas de 40 años de prisión a quienes cometan actos de explotación o abuso sexual contra mujeres, jóvenes o niños.
Además, esta reforma incorpora al Código Penal Federal el delito de “feminicidio” con penas de 40 a 60 años de cárcel, es decir cuando se comete el homicidio de una mujer por su condición de género.
Las leyes no bastan
Pero hace falta más que leyes para acabar con este mal social. Por ello se creó un fondo para la atención y protección de las víctimas y sus familiares por parte del Gobierno Federal. Pero faltan los reglamentos necesarios para hacer efectiva la ley y las modificaciones de las otras leyes que vienen en este paquete.
Es necesaria la disposición política para que los tres niveles de gobierno asuman sus obligaciones al respecto y no haya más autoridades cómplices en estos delitos. Hace falta la cooperación entre las diversas policías federales, estatales y municipales para la verdadera persecución e investigación del delito.
También falta responsabilidad en los poderes ejecutivo y judicial porque hemos visto recientemente que hay jueces corruptos. Además de ello, falta una cultura de respeto a la dignidad de la persona humana y especialmente de menores y mujeres. Es necesario educar en una cultura de la denuncia. Muchos delitos de trata de personas lo sabe la comunidad o la sociedad y no lo denuncian.
Cuando se respetan los derechos fundamentales de la persona, se tiene una sociedad más democrática y con posibilidades de desarrollo.
Gerardo Cruz González – IMDOSOC
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