En religión: inmunidad de coacción

Julio 5, 2012 Sin comentarios


La ley, principio de orden, es necesaria para regular la convivencia humana, pero debe estar al servicio de las personas y de sus derechos, a fin de garantizar el mayor espacio de libertad que les permita realizar su propia existencia según sus tradiciones, convicciones, creencias y gustos. Cada quien es el constructor de sí mismo en la circunstancia propia.

Dentro de las libertades por exigir al marco jurídico y normativo de cualquier país, el de la libertad religiosa tiene una importancia mayúscula, pues es la piedra angular de todos los demás derechos. Violentarla o restringirla infringe, en lo más profundo de las personas, una cuota de sufrimiento inútil, una carga injusta que les impide ser ellas mismas.

La libertad religiosa es aplicable a creyentes y no creyentes, se trata de la inmunidad de coacción en materia religiosa para que a nadie se obligue o impida obrar contra su conciencia, en privado o en público, solo o asociado, siempre y cuando no rebase los límites de la ley, es decir, del orden social y el bien común.

En México estamos aprendiendo, poco a poco, a garantizar las libertades humanas, a ensancharlas en el marco jurídico que nos rige, a respetar, promover y garantizar todos los derechos humanos para todos y, de entre ellos, también el de libertad religiosa.

Los cambios constitucionales que en materia de libertad religiosa se realizaron hace veinte años, dieron paso a un sistema jurídico que se ajustaba a la realidad social y religiosa del país. Seguir simulando era ya insostenible en un país que quería ser moderno y democrático.

Recientemente se hicieron modificaciones en los artículos 24 y 40 de la Constitución Mexicana, sin que hayan sido bien recibidos por todos. Hay voces que consideran que fue un paso adelante, pero también las hay que señalan que esta reforma, particularmente la del 24 constitucional, resultó, al final, mediocre y por tanto innecesaria.

Las leyes en México no van a ser mejores, no van a cambiar para bien de la sociedad mientras sean sólo los legisladores, junto con un grupo pequeño de interesados, los que discuten y negocian los cambios. La sociedad en su conjunto debe ser más participativa al respecto. Pero no deja de ser cierto que también hace falta oficio legislativo para que las buenas intenciones se traduzcan en modificaciones que, efectivamente, mejoren el marco jurídico anterior.

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Signo de los tiempos – julio 2012

En este número:

Editorial
En religión: inmunidad de coacción

Ver-juzgar-actuar
La libertad religiosa en México está en revisión
Gerardo Cruz González

Para profundizar en el tema de la ciudadanía

Ver-juzgar-actuar
Libertad religiosa: perspectiva histórica
Manuel Olimón Nolasco

Ver-juzgar-actuar
Integrismos opuestos
Gabriel Zaid

Qué enseña el Magisterio de la Iglesia sobre… la libertad religiosa
Verónica Morales Gutiérrez

Ver-juzgar-actuar
Convicciones fundamentales y libertad
Efraín González Morfín

Educación
Educación de calidad
Isauro Blanco

Poesía
Sonetos nocturnos
Carlos Pellicer

Indicadores sociales
Diversidad libertad religiosa en México
Austreberto Martínez Villegas

Ensayo
Equidad, justicia social y algo más
Sergio Fernández Aguayo

Reflexión
“No sólo de pan vive el hombre”
Sergio Fernández Riquelme

Sociedad
Civilidad política urgente para México
Jesús Ignacio Panedas Galindo

Testigo
“Tenemos que alentar, en vez de matar, la profecía dentro de la Iglesia”
Emilia Robles

Testimonios que interpelan
Esperanza es por lo que vive uno

Para recordar

Espiritualidad
¡Qué grandes nos has hecho, Señor!
Mons. Carlos Talavera †

Obra social
Semillas de amor
Ana Alicia Ávila Ortega

¿Ya lo sabías?
De aquí y de allá

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